El Tribunal Municipal Popular de San Antonio del Sur, realizó, con carácter ejemplarizante, juicio oral y público correspondiente a la causa 4 de 2025 de su radicación, por un delito de Hurto, contra el acusado Jonnis Legrá Frómeta.
La vista del juicio se desarrolló bajo el estricto cumplimiento del debido proceso, respetando los derechos y garantías de las partes intervinientes. Como resultado del mismo, y valorando todas las pruebas practicadas, se comprobó que el 2 de enero de 2025, el acusado, residente en el municipio San Antonio del Sur, se personó en una finca propiedad de Minalvis Ramírez Rodríguez, con poca seguridad, situada en el barrio Playa Sabanalamar de esta propia localidad y, una vez allí, cortó la cerca de alambre y se adueñó de dos equinos que se encontraban amarrados en el lugar y, montado en uno de ellos, mientras al otro lo tiraba de una soga, se retiró con destino al Valle de Caujerí.
El propietario de los animales, de conjunto con los oficiales de la Policía Nacional Revolucionaria y varios pobladores que fueron alertados de las acciones del acusado, lo interceptaron cuando transitó por la Comunidad El Oro y este al sentirse descubierto abandonó los equinos y se retiró en veloz carrera pero; no obstante dejó caer en su huída la mochila que llevaba que contenía una soga, un cuchillo con cabo plástico de hoja fina y puntiaguda, su billetera con dinero y su carnet de identidad, siendo detenido con posterioridad en su domicilio por agentes de la fuerza pública.
El implicado, de 34 años de edad, mantenía un desajustado comportamiento ciudadano, era sospechoso de la comisión de hechos delictivos contra el patrimonio y, en especial, contra el ganado mayor, sosteniendo vínculos cercanos con personas de inadecuada conducta y, a pesar de estar apto física y mentalmente, solo realizaba labores ocasionalmente en la finca del padre, y no le constaban antecedentes penales.
El tribunal acordó sancionar a Legrá Frómeta, por el delito de hurto, a 3 años de privación de libertad, y se le impuso, además, como sanciones accesorias, la de privación de derechos públicos, la prohibición de salida del territorio nacional, ambas hasta el cumplimiento de la pena dispuesta; así como el comiso de los bienes ocupados, que sirvieron para la ejecución del hecho.
Al término del acto judicial, el tribunal informó a las partes que, de mostrar inconformidad con la decisión anterior les asiste el derecho de establecer el recurso de apelación correspondiente, en el término que fija la Ley.
A la vista oral comparecieron en condición de público, algunos sancionados que están bajo el control del juez de ejecución del tribunal municipal, representantes de las organizaciones de masas y familiares del acusado, con el propósito de contribuir a prevenir la comisión de hechos de esta naturaleza que se van incrementando en el territorio.